Ciudad de MÃxico; 1 de septiembre del 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN) resolvià que las obras generadas por Inteligencia Artificial (IA) no son suceptibles de registro bajo la figura de derechos de autor en MÃxico.

La desiciÃn, comunicada por el Instituto Nacional de Derechos de Autor (Indautor), surge tras un caso iniciado en 2024, cuando un ciudadano intentà registrar la obra digital «Avatar Virtual», creada en la plataforma de IA Leonardo. El Indautor negà la solicitud con base en la Ley Federal del Derecho de Autor, que reconoce como autores Ãnicamente a las personas fisicas cuyas creaciones reflejen individualidad, personalidad y originalidad.

El promovente llevà el caso ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativ, y posteriormente interpuso un amparo alegando violaciones a la igualdad y seguridad juridica, ademÃs de seÃalar posibles contradicciones con tratados internacionales como el T-MEC y el Convenio de Berna.

La Segunda Sala de la SCJN negà el amparo por unanimidad, determinando que:

  • El derecho de autor es exclusivo de los seres humanos, basado en su capacidad creativa, intelectual y emocional.
  • Las obras generadas en forma autÃnoma por IA no cumplen con el requisito de originalidad humana.
  • Ni el convenio de Berna ni el T-MEC reconocen a la IA como autora de obras.

Con esta resoluciÃn, la Corte sienta un precedente clave en MÃxico respecto a los lÃmites legales de la IA y su impacto en el campo de la propiedad intelectual.

Por Redaccion

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