El castigo a quienes distribuyan imÃgenes de personas fallecidas tiene la finalidad de no revictimizar y no herir susceptibilidades de familiares de vÃctimas y surgià a raÃz de la indignaciÃn de la sociedad mexicana por el feminicidio de Ingrid Escamilla, reafirmà Claudia Indira Contreras.
La fiscal del estado fue clara al seÃalar que la Ley promovida a nivel nacional y aprobada por unanimidad por el Congreso del Estado el pasado 1 de abril del presente aÃo, no representarà una afectaciÃn al trabajo de colectivos de bÃsqueda de personas desaparecidas, pero sà en beneficio de la dignidad.
Dijo lo anterior ante la oposiciÃn del Colectivo de Madres Buscadoras de Sonora, quienes rechazan la Ley que propone hasta 10 aÃos de cÃrcel para quienes difundan videos o fotografÃas de vÃctimas mortales.
En su posicionamiento difundido a travÃs de sus redes sociales, madres buscadoras expresaron que âla difusiÃn de imÃgenes explÃcitas son una herramienta valiosa de reconocimiento y ubicaciÃn de cadÃveresâ.

Claudia Indira al respecto seÃalà que existe un trabajo previo con colectivos de bÃsqueda y âde la manoâ elaboran un catÃlogo sobre prendas y otras caracterÃsticas como tatuajes para distinguir a una persona.
âTendrà una reuniÃn con todas las colectivas para comentar sobre esta Ley para efecto de evitar cualquier circunstancia que a ellas les preocupe en su trabajo, es reglamentar las formas. Pero de ninguna manera tiene que ser en menoscabo de poder identificar. Vamos a ver de que manera le podemos hacerâ, manifestà Claudia Indira.
El 9 de febrero del 2020 en la Ciudad de MÃxico, fue asesinada de forma atroz Ingrid Escamilla de 25 aÃos a manos de su pareja Erick Francisco de 46 aÃos.
La joven fue cercenada y desollada segÃn se observà en las imÃgenes que circularon en redes sociales, atribuyÃndose su autorÃa a 6 funcionarios de la FiscalÃa de la Ciudad de MÃxico.

Debido a la indignaciÃn por familiares de la vÃctima, la diputada federal por Morena Morena, Ernestina Godoy Ramos elaborà y presentà la Ley âIngridâ, la cual se retomà en algunos estados como Chiapas y Sonora.
En Sonora la asamblea aprobà que en el CÃdigo Penal del Estado de Sonora se incluya un ArtÃculo 167 QUATER, para quedar como sigue:
ARTÃCULO 167 QUATER.- Al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envÃe, filme, fotografÃe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe imÃgenes, audios, videos o documentos de cadÃveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigaciÃn penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que Ãstos presentan, sea en el lugar de los hechos o del hallazgo o en su cualquier domicilio pÃblico o privado, se le impondrÃn de cuatro a diez aÃos de prisiÃn y multa por un importe equivalente de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y ActualizaciÃn.
Cabe seÃalar que la Ley no ha sido publicada.
