Tras el uso de estos fuegos artificiales en eventos religiosos y deportivos, recordaron la vigencia de la Ley 6.187, que prohÃbe su venta y uso. Para denunciar el incumplimiento a la normativa, llamar al 911, 100 o dirigirse al Juzgado Contravencional NÂ1.
Hace mÃs de dos aÃos en la provincia se sancionà la Ley 6.187 que prohÃbe el uso y venta de pirotecnia sonora, no asà la lumÃnica. Pese a que esta normativa rige para todo el territorio jujeÃo,Âvecinos denuncian que en festividades religiosas y eventos deportivosÂno se cumple como tal.
En esta lÃnea quienes no obedezcan con lo que dicta la ley deberÃn pagar multas de millones de pesos. El Juzgado Contravencional N 1, a cargo de MatÃas Ustarez, indicà que se aplicarÃn multas de hasta $8.000.000 a quienes comercialicen estos fuegos artificiales; y hasta $2.000.000 a quienes las utilicen.
SeÃalà que es importante que la comunidad se comprometa y denuncie si detectan que se està utilizando o vendiendo pirotecnia sonora. Las personas deberÃn comunicarse a travÃs de las lÃneas 911, 100, dirigiÃndose a la comisarÃa mÃs cercana o al Juzgado Contravencional N 1.
Incumplir una ordenanza que protege la salud de adultos mayores, niÃos con autismo y animales, es una clara muestra de falta de empatÃa e incumplimiento a la Ley NÂ 6187.
