Esto dice la Ley Federal del TrabajoAunque son fechas con profundo significado cultural, no están consideradas como feriados oficiales en la ley.
México; 1 de noviembre de 2025.- Durante las celebraciones del Día de Muertos, muchos trabajadores en México se preguntan si el 1 y 2 de noviembre deben recibir pago triple por laborar. Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo (LFT) no los considera días de descanso obligatorio.
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, los días feriados oficiales son:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero (Constitución Mexicana)
- Tercer lunes de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- 1 de mayo (Día del Trabajo)
- 16 de septiembre (Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Revolución Mexicana)
- 1 de octubre cada seis años (Transmisión del Poder Ejecutivo)
- 25 de diciembre
El 1 de noviembre (Día de Todos los Santos) y el 2 de noviembre (Día de los Fieles Difuntos) no forman parte de esta lista, por lo que las empresas pueden operar con normalidad y no están obligadas a otorgar descanso o pago adicional.
🔹 ¿Qué implica para los trabajadores?
- Las empresas pueden laborar de forma habitual.
- No hay pago triple ni compensación extra.
- El descanso o bono adicional dependerá de la política interna de cada empresa.
Por otro lado, sí se paga triple cuando se labora en un día de descanso obligatorio, conforme al artículo 75 de la LFT, el cual establece que el empleado debe recibir su salario diario más el doble.
En caso de que ese día festivo coincida con domingo, se agrega una prima dominical del 25%, pero esto no aplica para el 1 y 2 de noviembre.
Aunque no son días feriados, muchas empresas optan por dar descanso o medio día por tradición, reconociendo el valor cultural y familiar de esta celebración mexicana.
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