Las cosas por su nombre

Por RamÃn Alfonso Sallard

A reserva de leer y analizar en detalle, durante los prÃximos dÃas y semanas, las 20 reformas â18 constitucionales y 2 legales– propuestas por el presidente AndrÃs Manuel LÃpez Obrador, hay una que merece ser abordada de inicio porque su eventual aprobaciÃn significarÃa honrar la palabra empeÃada y cumplir con un acuerdo de Estado que fue vulnerado sin el menor decoro por el expresidente Ernesto Zedillo: la reforma en materia indÃgena.

De manera sorpresiva, AMLO planteà en primer lugar de su paquete de modificaciones constitucionales y legales el reconocimiento de los pueblos originarios y afromexicanos como sujetos de derecho pÃblico, parte medular de los Acuerdos de San AndrÃs LarrÃinzar, Chiapas, firmados por el gobierno mexicano y el EjÃrcito Zapatista de LiberaciÃn Nacional el 16 de febrero de 1996.

A pesar de ser un acuerdo de Estado, la administraciÃn zedillista se negà a cumplir lo pactado. Lo hizo, inclusive, violando el Convenio 169 de la OrganizaciÃn Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por MÃxico, que obligaba a nuestro paÃs a reconocer plenamente los derechos de los pueblos indÃgenas. En 1991 se habÃa dado un primer paso, insuficiente, en ese camino. Se modificà entonces el artÃculo 4o. constitucional en los siguientes tÃrminos:

âLa NaciÃn Mexicana tiene una composiciÃn pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indÃgenas. La ley protegerà y promoverà el desarrollo de las lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas especÃficas de organizaciÃn social y garantizarà a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicciÃn del Estado.â

En la forma, el rÃgimen priista ratificà el Convenio con la OIT, pero en los hechos no hubo un compromiso real, como se demostrarÃa tiempo despuÃs con el incumplimiento de los Acuerdos de San AndrÃs LarrÃinzar. El gobierno mexicano se retractà de su firma aduciendo que no podÃa aceptar que los pueblos indÃgenas fuesen sujetos de derecho pÃblico, porque, al hacerlo, tendrÃa que admitir tambiÃn sus derechos colectivos; solamente estaba dispuesto a reconocer sus derechos en lo individual. ÂLa justificaciÃn? Algunos puntos del acuerdo eran contrarios a lo que establecÃa la ConstituciÃn. Parece un argumento conocido y actual, pero fue esgrimido hace casi 30 aÃos.

En noviembre de 1996, la ComisiÃn para la Concordia y PacificaciÃn de Chiapas (Cocopa), integrada por legisladores de todos los partidos polÃtocos âincluido el PAN– elaborà una propuesta de modificaciÃn a varios artÃculos de la ConstituciÃn, a fin de reconocer los derechos de los pueblos indÃgenas y dar cumplimiento no sÃlo a los acuerdos de San AndrÃs, sino tambiÃn al convenio 169 de la OIT ratificado por MÃxico, en el cual se basaron muchos puntos de lo acordado con el EZLN.

Los zapatistas aceptaron la propuesta. El gobierno mexicano, por su parte, pidià quince dÃas para consultar a especialistas en materia constitucional. La respuesta fue negativa. El presidente de la RepÃblica presentà una contrapropuesta, que se alejaba por completo del espÃritu de los Acuerdos de San AndrÃs y del Convenio 169 de la OIT. Las negociaciones se rompieron y cesà todo contacto entre las partes.

En diciembre de 1997 ocurrià la matanza de Acteal (tema de otra entrega), lo cual profundizà la ruptura. DespuÃs, el PRI perdià las elecciones presidenciales de julio de 2000. Ernesto Zedillo le entregà el poder al panista Vicente Fox Quesada, quien, con su estilo chabacano, dijo que resolverÃa el problema de Chiapas âen 15 minutosâ. Una vez que inicià su gobierno, y sin moverle una coma, envià al Congreso de la UniÃn la iniciativa de ley elaborada por la Cocopa y aceptada por el EZLN. Pero todo fue un engaÃo, un artilugio con fines propagandistas.

Desde el 2 de diciembre, al segundo dÃa de iniciada la nueva administraciÃn, el EZLN anuncià que marcharÃa a la Ciudad de MÃxico en defensa de los Acuerdos de San AndrÃs y la iniciativa de la Cocopa. Que irÃa al Congreso de la UniÃn a plantear sus bondades. El gobierno foxista, por su parte, garantizà la seguridad en el trayecto. La Cruz Roja Internacional y diversas ONGâs (entre ellos los famosos monos blancos) formaron cinturones de seguridad para acompaÃar a los zapatistas.

El grupo rebelde inicià su marcha el 24 de febrero, DÃa de la Bandera. âComo en 94, San CristÃbal se estremeciÃ; 20 mil zapatistas recorrieron sus callesâ, titulà La Jornada, al dÃa siguiente. La concentraciÃn estuvo encabezada por el subcomandante Marcos.

Fue una marcha Ãpica. Del 24 de febrero al 15 de marzo, La Jornada hizo la crÃnica puntual de los hechos, respaldada por una gran cantidad de imÃgenes y artÃculos de personalidades nacionales e internacionales, algunas de las cuales, incluso, se sumaron a la expediciÃn zapatista. Tal fue el caso del portuguÃs Josà Saramago, premio Nobel de literatura, o de Danielle Miterrand, viuda del expresidente francÃs Francois Miterrand, lo cual revelaba, con claridad, el impacto de este movimiento indÃgena en MÃxico y el mundo

Lo que ocurrià el 28 de marzo de 2001 tuvo una gran significaciÃn, pues ademÃs del golpe espectacular que representà la presencia de la dirigencia indÃgena en pleno âlos 23 comandantes del EZLNâen las curules de primera fila de la CÃmara de Diputados, ataviada con sus tradicionales capuchas, el mensaje principal e inesperado en voz de una mujer, la comandanta Esther, obtuvo el respaldo abrumador de los mexicanos, como pudo constatarlo una encuesta publicada por Reforma al dÃa siguiente.

SegÃn el diario capitalino âinsospechable de abrazar la causa zapatista–, una proporciÃn de mexicanos cercana al 100% simpatizaba o estaba de acuerdo en que se legislara sobre derechos indÃgenas. AdemÃs, quienes demandaban que esa legislaciÃn fuera la propuesta que elaborà la Cocopa rondaba el 80%.

Lo que sucedià fue muy distinto de lo que esperaban los zapatistas: el Congreso validà las reformas constitucionales en materia de derechos indÃgenas, pero modificà sustancialmente la propuesta original de la Cocopa, que surgiÃ, a su vez, de los Acuerdos de San AndrÃs LarrÃinzar.  

Las reformas contaron con el aval de las dos terceras partes de los legisladores mexicanos (incluido el voto a favor del PRD en el Senado, bajo la conducciÃn de JesÃs Ortega MartÃnez) en ambas cÃmaras del Congreso de la UniÃn, asà como tambiÃn con la aprobaciÃn de la mayorÃa de los congresos estatales. SÃlo tres legislaturas, de entidades mayoritariamente indÃgenas âChiapas, Oaxaca y Guerreroâvotaron en contra.

De nueva cuenta, la clase polÃtica del paÃs fallaba a sus pueblos originarios. El Estado nacional les dio otra vez la espalda. âTraiciÃnâ, clamà el subcomandante Marcos, una vez que se consumà la reforma. Y anuncià la ruptura de todo tipo de contactos con el gobierno por parte de la guerrilla zapatista. Esa ruptura se mantiene hasta la fecha.

El proyecto de ley que el EZLN defendià en la tribuna de la CÃmara de Diputados el 28 de marzo de 2001, establece, entre otros puntos los siguientes:

‘Los pueblos indÃgenas tienen el derecho a la libre determinaciÃn, y como expresiÃn de Ãsta, a la autonomÃa como parte del Estado, para: 1. Decidir sus formas internas de convivencia y de organizaciÃn social, econÃmica, polÃtica y cultural. 2. Aplicar su sistema normativo en la regulaciÃn y soluciÃn de conflictos internos, respetando las garantÃas individuales, los derechos humanos y, en particular, la dignidad y la integridad de las mujeres.

‘[Los pueblos indÃgenas] podrÃn elegir a sus autoridades y ejercer sus formas de gobierno interno de acuerdo a sus normas en los Ãmbitos de su autonomÃa, garantizando la participaciÃn de las mujeres en condiciones de equidad; fortalecer su participaciÃn y representaciÃn polÃtica de acuerdo con sus especificidades culturales; acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, entendidas Ãstas como la totalidad del hÃbitat que los pueblos indÃgenas usan u ocupan, salvo aquellos cuyo dominio directo corresponde a la naciÃn’. [Los pueblos indÃgenas] ‘podrÃn adquirir, operar y administrar sus propios medios de comunicaciÃn’.

Por su parte, las reformas aprobadas, si bien prohÃben en el artÃculo primero de la ConstituciÃn cualquier forma de discriminaciÃn, contienen varias diferencias respecto al proyecto de ley de la Cocopa. Entre ellas, las siguientes:

  • Quedà eliminada la fracciÃn IX del artÃculo 115 de la propuesta de la Cocopa, que reconocÃa el respeto âal ejercicio de la libre determinaciÃn de los pueblos indÃgenas en cada uno de sus Ãmbitos y niveles en que hagan valer su autonomÃa, pudiendo abarcar uno o mÃs pueblos indios, de acuerdo con las circunstancias particulares y especÃficas de cada entidad federativaâ.
  • Las comunidades indÃgenas, en lugar de ser âentidades de derecho pÃblicoâ fueron reconocidas como âentidades de interÃs pÃblicoâ, lo cual es, simplemente, discriminatorio.
  • âEl uso y disfrute colectivo de los recursos naturales de sus tierras y territoriosâ pasà a ser âuso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitanâ.
  • Todo pueblo indÃgena, segÃn la redacciÃn de la Cocopa, se asienta en âun territorio que cubre la totalidad del hÃbitat que los pueblos indÃgenas ocupan o utilizan de alguna manera’â La ley aprobada no definià cuÃl era el territorio a demarcar y solamente llamà a âconservar y mejorar el hÃbitat y preservar la integridad de sus tierras en los tÃrminos establecidos en esta ConstituciÃnâ.
  • âLas comunidades indÃgenas, como entidades de derecho pÃblico, y los municipios –segÃn la redacciÃn de la Cocopa– tendrÃn la facultad de asociarse libremente a fin de coordinar sus accionesâ. En la ley aprobada, âlas constituciones y leyes de las entidades federativas [â] establecerÃn las caracterÃsticas de la libre determinaciÃn y autonomÃa que mejor expresen la situaciones y aspiraciones de los pueblos indÃgenas en cada entidad, asà como las normas para el reconocimiento de las comunidades indÃgenas como entidades de interÃs pÃblicoâ (El PaÃs, 30/04/2001).

Hay que decir las cosas por su nombre: Las reformas constitucionales de 2001 (que incluye el artÃculo 2 constitucional con sus apartados A y B, asà como los artÃculos 1, 4, 18 y 115), si bien recogieron algunos planteamientos en materia de derechos indÃgenas, se alejaron por completo de las definiciones puntuales del proyecto original.

ÂPor quà ocurrià esto? Porque, de haberse respetado el acuerdo, la devastaciÃn que han padecido en todo MÃxico las tierras ancestrales pertenecientes a las comunidades indÃgenas habrÃa sido imposible. Simplemente no habrÃa podido implementarse la polÃtica extractivista minera del periodo neoliberal, desarrollada impunemente por el gobierno en beneficio de mÃltiples empresas privadas nacionales y extranjeras.   

Que el presidente AMLO retome hoy la columna vertebral de los Acuerdos de San AndrÃs LarrÃinzar para su propuesta de reformas constitucionales en materia indÃgena y pueblos afromexicanos, incluida la obligatoriedad de la consulta previa a las comunidades para que Ãstas aprueben o rechacen cualquier proyecto u obra que les ataÃa, es un tema de justicia social. Es colocar en primer lugar, como no ha sucedido en mÃs de 500 aÃos, a los pueblos originarios de lo que hoy conocemos como MÃxico.

Sin embargo, para que el Estado nacional honre en verdad la palabra empeÃada en 1996, traicionada soezmente por Ernesto Zedillo, es necesario que estas reformas sean validadas por ambas cÃmaras del Congreso de la UniÃn. Hasta entonces, quizÃ, exista conciliaciÃn entre EZLN y la izquierda electoral que gobierna actualmente el paÃs y que ha decidido adoptar como nombre y distintivo La Cuarta TransformaciÃn.

Por Redaccion

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